Las presentes Normas entrarán en vigor a partir de la fecha de la última de las publicaciones del acuerdo de su aprobación definitiva en el Boletín Oficial de  la Provincia y en el de Castilla y León. Su vigencia será indefinida en tanto no se apruebe definitivamente una Revisión de las mismas, sin perjuicio de eventuales Modificaciones o de la suspensión total o parcial de su vigencia.