El ámbito de cada Plan Parcial no deberá comprender una superficie inferior a 30.000 m2.

 

            En el entorno de Arcahueja se han delimitado tres zonas de Suelo Urbanizable No Delimitado, claramente diferenciadas: la situada al Oeste del núcleo y al Norte de la carretera N-601, la  situada al Este del núcleo y al Norte de la carretera N-601, y la situada al Sur de la carretera N-601. El ámbito de cada Plan Parcial debe estar incluido en una sola de estas zonas. Se considera conveniente desarrollar primero ámbitos adyacentes al núcleo de Arcahueja, o al SUD-8, o al suelo urbano industrial situado al Oeste de dicho núcleo y al Sur de la carretera N-601.

 

            En la zona de Suelo Urbanizable No Delimitado limítrofe con los términos de León y Villaquilambre también se considera conveniente que el ámbito de los primeros Planes Parciales deberá ser adyacente a la Urbanización Las Lomas o al suelo urbano consolidado de Valdelafuente.

 

            Para el cálculo del aprovechamiento medio de cada Plan Parcial, se empleará el método expuesto en 13.2, con parámetros, usos y tipologías predominantes, similares a los de Suelo Urbanizable Delimitado. El máximo de aprovechamiento medio de cada Plan Parcial será de 30 viviendas o 5.000 m2/Ha, con arreglo al Art. 36.1.c.3º de la LUCYL.

 

            Las dotaciones que debe prever cada Plan Parcial serán, como mínimo, las establecidas en el Art. 44.3 de la LUCYL.

 

 

                                                                                              León, Noviembre 2001

 

            El Arquitecto                                                         El Ingeniero de Caminos, C. y P. 

 

            Jesús Martínez del Cerro                                        Javier García Anguera