El ámbito de cada Plan Parcial no deberá comprender una superficie inferior a 30.000 m2.
En
el entorno de Arcahueja se han delimitado tres zonas de Suelo Urbanizable No
Delimitado, claramente diferenciadas: la situada al Oeste del núcleo y al Norte
de la carretera N-601, la situada al
Este del núcleo y al Norte de la carretera N-601, y la situada al Sur de la
carretera N-601. El ámbito de cada Plan Parcial debe estar incluido en una sola
de estas zonas. Se considera conveniente desarrollar primero ámbitos adyacentes
al núcleo de Arcahueja, o al SUD-8, o al suelo urbano industrial situado al
Oeste de dicho núcleo y al Sur de la carretera N-601.
En
la zona de Suelo Urbanizable No Delimitado limítrofe con los términos de León y
Villaquilambre también se considera conveniente que el ámbito de los primeros
Planes Parciales deberá ser adyacente a la Urbanización Las Lomas o al suelo
urbano consolidado de Valdelafuente.
Para
el cálculo del aprovechamiento medio de cada Plan Parcial, se empleará el
método expuesto en 13.2, con parámetros, usos y tipologías predominantes,
similares a los de Suelo Urbanizable Delimitado. El máximo de aprovechamiento
medio de cada Plan Parcial será de 30 viviendas o 5.000 m2/Ha, con arreglo al
Art. 36.1.c.3º de la LUCYL.
Las
dotaciones que debe prever cada Plan Parcial serán, como mínimo, las
establecidas en el Art. 44.3 de la LUCYL.
León, Noviembre
2001
El
Arquitecto El Ingeniero de Caminos, C. y P.
Jesús Martínez del Cerro Javier García Anguera