Corresponde a las zonas marcadas en los Planos de Ordenación con el código IND.

 

            Uso predominante:

 

            Industria-Almacén.

 

            Usos complementarios:

 

-         Terciario: Comercial y Oficinas con máximo del 25% de la edificabilidad.

 

-         Aparcamiento.

 

-         Dotacional.

 

-         Servicios Urbanos.

 

-         Espacios Libres y Zonas Verdes.

                       

 

 

            Tipo edificatorio:

 

            Nave industrial.

 

   Condiciones de parcela edificable:

 

Con las salvedades expuestas en 5.2.3.C, se establecen la superficie mínima de parcela, el frente mínimo y el fondo mínimo, en 500 m2, 10 m. y 15 m. respectivamente.

 

   Altura máxima:

 

1 planta con altura máxima a cornisa de 9 m., excepto los elementos especiales como chimeneas, etc. En las zonas de oficina se podrá dividir la altura en dos plantas. 

 

   Ocupación máxima y edificabilidad:

  

   70% y 0,8 m2c/m2s, respectivamente.         

 

   Retranqueos:

 

Sin retranqueos o mínimo de 3 m. respecto de la alineación oficial y linderos laterales; mínimo de 5 m. respecto de la linde posterior.

 

            Condiciones estéticas:

 

-         En los supuestos de edificaciones adosadas en la medianería, la diferencia de alturas en dicho plano entre los edificios contiguos no podrá exceder de 3 m. entre las líneas de coronación respectivas. Si alguno de los edificios precisa de mayor altura, deberá alcanzarla gradualmente, manteniéndose por debajo del plano de 45º, trazado desde la coronación del edificio más bajo, en la línea medianera.

 

-         La composición, materiales, color, y diseño son libres, sin perjuicio de su ajuste a las Normas Generales de Edificación (Capítulo 5).

 

            Observaciones:

 

-         Deberá preverse una plaza de aparcamiento en el interior de la parcela, por cada 50 m2 construidos.

 

Edificaciones auxiliares: La altura máxima será de una planta y 3 m. a cornisa. Hasta 25 m2 construidos no computarán ocupación; lo que exceda computará al 100%.