Al suelo Rústico Especialmente Protegido le es de aplicación la normativa específica que se establece a continuación, destinada al mejor amparo del tipo de valor a proteger.

 

            Los diferentes tipos de suelo dentro de esta categoría son los definidos en 11.1.2 y 11.1.3.

            La delimitación de los distintos tipos de Suelo Rústico Especialmente Protegido, se recoge en el plano de Clasificación del Suelo, a escala 1/10.000., con la salvedad de las bandas lineales de afección de cauces y láminas de agua y de infraestructuras que se establecen en la Norma 11.8.7., así como de las zonas de Bodegas, cuyo carácter y dispersión impiden asignar una delimitación exacta a su ámbito.