A. Suelo
Urbano.
En Suelo Urbano, las
alineaciones oficiales son las señaladas en los Planos de Ordenación,
complementadas con las secciones tipo recogidas en el capítulo 6 de estas
Normas.
B. Suelo
Urbanizable.
En Suelo Urbanizable, el
Plan Parcial correspondiente determinará las alineaciones del viario previsto
en su ordenación, que no estén contempladas en estas Normas.
C. Suelo
Rústico.
En Suelo Rústico, la
presencia de carreteras y caminos rurales determina la existencia de
condiciones de alineación de la edificación en sus márgenes.
C.1 Carreteras.
Se estará a
lo dispuesto en las Leyes de Carreteras Autonómicas y Estatal y sus
Reglamentos, relacionados en 6.3.1.
C.2 Caminos rurales y vías pecuarias.
Se estará a lo dispuesto en 6.3.2.