Las construcciones, instalaciones en su conjunto y sus materiales, deberán adecuarse como mínimo a las exigencias de protección establecidas por la Norma Básica de la Edificación NBE-CPI-96 y normas de prevención de incendios por tipo de actividad:

 

            -          Turística. Orden del Ministerio de Comercio y Turismo de 25-9-79.

            -          Sanitaria. Orden del Ministerio de Sanidad y S.S., de 24-10-79.

            -          Educativa. Orden del Ministerio de Educación y Ciencia de 13-11-84.

            -          Espectáculos. Circular de la Dirección General de la Seguridad del Estado de 11 de Mayo de 1.984.