Las
construcciones, instalaciones en su conjunto y sus materiales, deberán
adecuarse como mínimo a las exigencias de protección establecidas por la Norma
Básica de la Edificación NBE-CPI-96 y normas de prevención de incendios por
tipo de actividad:
- Turística. Orden del Ministerio de
Comercio y Turismo de 25-9-79.
- Sanitaria. Orden del Ministerio de
Sanidad y S.S., de 24-10-79.
- Educativa. Orden del Ministerio de
Educación y Ciencia de 13-11-84.
- Espectáculos. Circular de la Dirección General de la Seguridad del Estado de 11 de Mayo de 1.984.