Los
márgenes de carretera están sometidos a las limitaciones y servidumbres que
determinan la Ley 25/1.988 de Carreteras del Estado y el R.D. 1812/1994,
Reglamento General de Carreteras, así como la Ley 2/1990 de Carreteras de la
Comunidad autónoma de Castilla y León, que definen zona de dominio público en
una banda de 3 m. a ambos lados, desde
la arista exterior
de la explanación de la
carretera, afectando la zona de servidumbre hasta 8 m. en ambos márgenes,
medidos desde la misma arista; además definen zonas de afección (50 m. en
carreteras nacionales y 30 m. en el resto) en ambas márgenes, medidos también
desde la misma arista; por último definen en ambas márgenes la distancia, desde
el borde exterior de la calzada más próxima, a la que se encuentra la línea
límite de edificación (25 m. en carreteras nacionales o de la Red Regional
Básica, y 18 m. en el resto).
Cada
una de las zonas dichas tiene su propio régimen y límites de uso, establecidos
en las leyes y reglamentos citados.
El
término municipal está afectado por las carreteras estatales N-601, de Gijón a
Adanero, y N-621, de León a Santander.
Además
también está afectado por las siguientes carreteras de la Red Provincial,
administradas por la Diputación Provincial o la Administración Autonómica:
-
C.V. 162/2 de Villaturiel a Valdelafuente.
-
C.V. 162/4 de Sanfelismo a N-601.
-
C.V. 162/5 de N-621, por Villafeliz y
Villaobispo de las Regueras, a N-621.
-
C.V. 162/6 de Golpejar de la Sobarriba a N-601.
-
C.V. 162/8 de Carbajosa a C.V. 162/5.
-
C.V. 162/10 de N-601, por Valdefresno, a Carretera P-1.
-
C.V. 162/12 de Valdefresno, por Paradilla, a Carretera P-1.
-
C.V. 162/13 de Navafría a Villacil.
-
C.V. 162/15 de Villalboñe a Solanilla.
-
C.V. 162/16 de Santa Olaja de Porma a Carretera P-1.
-
C.V. 162/35 de Valdefresno a Tendal.
- Carretera P-1 de Puente Villarente a Boñar.