Los vados autorizados en las calles con separación de tránsitos, deberán solucionarse mediante rebaje de bordillo y rampa en un desarrollo inferior a 50 cm. medidos desde el borde exterior del bordillo, dejando el resto de la acera al mismo nivel que tenía de forma previa al establecimiento del vado. El rebaje de bordillo mantendrá un desnivel, respecto de la calzada, de entre 1 y 2 cm.