En todos los elementos verticales de las edificaciones principales que se encuentren en contacto con el terreno, será necesaria la colocación de un material impermeabilizante  que,  situado  a  una  altura no superior a 0,50 m. de la rasante del terreno, evite el paso de humedades por capilaridad, resistiendo una previsible presión hidrostática.

 

            Se aconseja la realización de cámaras de aire que aíslen la planta baja de dichas humedades del terreno.