Las construcciones en general, con independencia de su uso o titularidad, se encuentran sujetas a tres tipos de condiciones que se precisan de forma específica en cada zona de ordenanza.

 

            -           Condiciones de posición de las construcciones dentro de las parcelas (Art. 5.4).

 

            -           Condiciones de aprovechamiento para las construcciones asignadas a las parcelas (Art. 5.5).

            -          Condiciones de forma y buena construcción (Art. 5.6).