Las construcciones en
general, con independencia de su uso o titularidad, se encuentran sujetas a
tres tipos de condiciones que se precisan de forma específica en cada zona de
ordenanza.
- Condiciones
de posición de las construcciones dentro de las parcelas (Art. 5.4).
- Condiciones
de aprovechamiento para las construcciones asignadas a las parcelas (Art. 5.5).
- Condiciones de forma y buena construcción (Art. 5.6).